Funciones

  1. Fijar y dirigir la política de la Contraloría Universitaria, para tal efecto procederá de conformidad con las metas, objetivos y política que determine el H. Consejo Universitario y el Rector de la Universidad.
  2. Ordenar el control, vigilancia y fiscalización de las políticas que se fijen por el H. Consejo Universitario y por el Rector de la Universidad, así como realizar su evaluación.
  3. Expedir las normas que regulen el funcionamiento de los instrumentos y procedimientos de control de la Universidad.
  4. Atender las quejas y denuncias que formulen los particulares o cualquier interesado, respecto de la actuación de los funcionarios o trabajadores universitarios, en el desempeño de sus funciones.
  5. Solicitar la intervención de las instancias jurídicas correspondientes, respecto de los hechos presuntamente delictivos o bien que impliquen el incumplimiento de obligaciones, a fin de promover las acciones legales conducentes.
  6. Coordinar el registro y análisis de la situación patrimonial de los funcionarios y trabajadores universitarios y vigilar el cumplimiento de la presentación de las declaraciones respectivas.
  7. Verificar los procesos de entrega-recepción de los Titulares de las Unidades Académicas, Dependencias y Unidades Administrativas de la Universidad.
  8. Coordinar el desempeño de sus actividades con las autoridades federales, estatales y municipales en apoyo de los objetivos y programas de la Universidad.
  9. Resolver las dudas que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de este reglamento, así como los casos no previstos en el mismo.
  10. Presentar informe anual al Rector de los resultados de trabajo de la Contraloría.
  11. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales y normativas de la Universidad.
  12. Solicitar a las instancias universitarias la información y documentación necesaria para el logro de los objetivos de la contraloría y los objetivos de la Universidad.
  13. Intervenir en los diferentes Comités de obras, adquisiciones, control interno, contraloría social, transparencia y de programas específicos.
  14. Sugerir medidas preventivas y/o correctivas a las Unidades Académicas y Administrativas de la Universidad.
  15. Analizar si el control interno coadyuva a la obtención de información financiera, confiable, oportuna y útil para la adecuada toma de decisiones.
  16. Revisar la eficiencia obtenida por las diferentes áreas de la Institución en la asignación y utilización de sus recursos.
  17. Proponer las sanciones a las faltas administrativas, en términos de su competencia, para los Servidores Públicos Universitarios que infrinjan la normatividad aplicable a la institución.
  18. Las demás que por disposición legal no sean delegables y aquellas que con tal carácter le confieran las disposiciones jurídicas o el H. Consejo Universitario.